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Alcalá la Real

Defensor del Pueblo ampara PSOE Frailes para acceder a la información telemática de plenos

Según los socialistas, desde junio de 2021 “dejó de enviarse a la oposición por vía telemática los documentos que se iban a acordar en los sucesivos plenos”

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  • Momento de una sesión del pleno del Ayuntamiento de Frailes.

El Defensor del Pueblo ha amparado al PSOE de Frailes en su petición a la alcaldesa del municipio, Encarnación Castro (PP), de poder acceder a la información telemática de los plenos, algo a lo que, según los socialistas, se vienen negando desde junio de 2021. El Defensor del Pueblo, según ha informado el PSOE, "ha afeado" esta actitud a la alcaldesa y le ha pedido que rectifique "para garantizar el derecho de participación política de los concejales de la oposición".

El concejal socialista Domingo Martínez ha explicado que el PSOE de Frailes tuvo que solicitar amparo al Defensor del Pueblo "ante la actitud obstruccionista de la alcaldesa", que en junio de 2021 "dejó de enviar a la oposición por vía telemática los documentos que se iban a abordar en los sucesivos plenos municipales".

La alternativa que ofrecía la alcaldesa era "poder consultar la documentación en la Dependencias de la Secretaría del Ayuntamiento en horario de oficina", lo que "dificultaba el acceso a la información de los concejales y concejalas que tienen una actividad laboral y no pueden hacer acto de presencia".


"Con esta actitud, la alcaldesa rompía una dinámica que llevaba años en funcionamiento con el único fin de torpedear el trabajo de los concejales socialistas, de dificultarles el acceso a la información y de impedir su tarea de fiscalización del gobierno municipal", ha apuntado Martínez.

Martínez ha indicado que el Defensor del Pueblo ha remitido un escrito al Ayuntamiento donde le recomienda que "facilite a los ediles el acceso a la información correspondiente a los asuntos que hayan de ser tratados en los órganos colegios, a través de la sede electrónica municipal desde el día de la convocatoria de la sesión y hasta la fecha de su celebración".

El Defensor argumenta que la exigencia de una solicitud previa "viene a contravenir el propio sentido de la norma, que tiene como objeto garantizar el libre acceso a la documentación, sin sujeción a formalidad alguna, y tal y como señala el reglamento municipal".

De hecho, recoge el escrito del Defensor del Pueblo que "el derecho de los concejales a obtener información municipal está conectado con el derecho de participación política de sus integrantes recogido en el artículo 23 de la Constitución como derecho fundamental, en tanto que estos medios tienen como objeto facilitar a los concejales un normal ejercicio de sus funciones".

Por tanto, añade el Defensor que el Ayuntamiento "debería adoptar las medidas necesarias para que los ediles pudieran acceder telemáticamente a la misma sin mayor exigencia que la previa identificación".

"Haría bien la alcaldesa en hacer caso al Defensor y que no vuelvan a llamarle la atención por entorpecer el trabajo de miembros de la Corporación", ha concluido Martínez.

 

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