El tiempo en: Puente Genil

Galicia

Rebajan 6 meses la pena de cárcel de un condenado por abuso sexual por la ley 'sí es sí'

La Audiencia Provincial acuerda mantener la condena al líder de Los Miguelianos, ya que con la nueva norma sería mayor

Publicidad Ai
Publicidad Ai Publicidad Ai
  • Juzgados. -

La sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra ha acordado rebajar en seis meses la pena de cárcel para un condenado por abuso sexual a una menor de 16 años debido a la aplicación de la nueva ley del 'solo sí es sí'.

Tal como ha informado dicho tribunal, en la sentencia se había optado por imponer "la pena mínima" dentro de la horquilla punitiva, teniendo en cuenta la aplicación de tres circunstancias atenuantes.

De esta forma, con la nueva legislación, los magistrados entienden que este mínimo pasa a ser de cuatro años y medio, en vez de cinco, por lo que se le ha rebajado seis meses la pena al reo.

Todo ello después de que el hombre fuese condenado por abuso sexual a menor. Los hechos ocurrieron en 2020, cuando él tenía 26 años y la víctima, 14. Con ella mantuvo al menos siete encuentros sexuales, "a sabiendas de que era menor de dieciséis años", al tiempo que mantenía una relación sentimental con una tercera persona mayor de edad, según recogía la sentencia.

Además, la joven se había quedado embaraza en una ocasión, debido a que mantenían relaciones sin protección. La menor interrumpió el embarazo de forma voluntaria.

Esta nueva resolución judicial se une a otras que a lo largo de los últimos días se han llevado a cabo en el resto de Galicia y España debido a la aplicación de la nueva ley del 'solo sí es sí'. Sin embargo, en otros casos, los magistrados reconocen que si se considerase la nueva normativa, los condenados habrían recibido una pena mayor.

Precisamente la sección cuarta de la Audiencia Provincial de Pontevedra también ha decidido mantener la pena del considerado líder de la Orden y Mandato de San Miguel Arcángel, que fue condenado a nueve años de cárcel por abuso sexual continuado con prevalimiento y penetración.

En su caso, pese a la solicitud de reducción en dos años de la pena impuesta, los jueces han decidido mantener su condena, entendiendo que no cabe revisión alguna porque con la nueva ley el acusado recibiría una pena mayor.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN