En la sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, la Sala señala que el defensor del acusado manifestó su conformidad absoluta con la calificación del Ministerio Fiscal y con la pena pedida en la modificación citada, conformidad que fue ratificada por el acusado.
De este modo, en el fallo se recuerda que los hechos tuvieron lugar sobre las 2,30 horas del 6 de abril de 2009, cuando la víctima volvía a su domicilio. Así, cuando ya se encontraba en la puerta del mismo, el acusado se dirigió hacia ella "desabrochándose los pantalones y diciéndole que la quería". Sin embargo, ante la resistencia de ella, la agarró y "la arrastró" hasta unas escaleras adonde le realizó tocamientos llevando a cabo un comportamiento obsceno.
Asimismo, la agredida consiguió zafarse de J.C.S.S. y refugiarse en el domicilio de un familiar, resultando con lesiones que requirieron primera asistencia y que tardaron en curar un total de siete días, si bien la víctima padeció durante al menos cuatro meses sintomatología postraumática, miedos e irritabilidad.
Por todo ello, la Audiencia ha condenado a J.C.S.S. a un año y seis meses de prisión como autor penalmente responsable de un delito de agresión sexual, del mismo modo que le ha impuesto la prohibición de acercarse y comunicarse por cualquier medio a la víctima en un radio de cien metros por tiempo de cuatro años. Además, deberá indemnizar a la agredida en la cantidad de 12.000 euros.