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Torremolinos

Se abre al plazo de solicitud de Ayudas para la Rehabilitación de Viviendas

Las características de estas ayudas tienen como objetivo ayudar a familias de recursos limitados que promuevan actuaciones de conservación y mejora de sus viviendas y de los elementos comunes.

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El Ayuntamiento de Torremolinos, una vez ha sido declarado Municipio de Rehabilitación Autonómica de Vivienda para 2009 por la Junta de Andalucía, lo que lo convierte en intermediario en la selección para la concesión de estas ayudas, abrirá el próximo lunes, día 2 de marzo, el plazo de solicitud de las mismas, abierto a vecinos cuyas viviendas estén afectadas por problemas de salubridad, humedades, filtraciones, etcétera.
Las personas interesadas en optar a este tipo de ayudas deberán cumplir los requisitos exigidos en la solicitud oficial, que podrán tramitar en las dependencias municipales, debiendo presentar la correspondiente solicitud antes del próximo 1 de abril de 2009.
Las características de estas ayudas tienen como objetivo ayudar a familias de recursos limitados que promuevan actuaciones de conservación y mejora de sus viviendas y de los elementos comunes.

Además los beneficiarios de las mismas pueden ser el propietario, arrendatarios o usuarios autorizados por el propietario, en viviendas que constituyan su domicilio habitual y permanente, y con ingresos anuales no superiores a 2,5 veces el IPREM (indicador público de renta de efectos múltiples).
En referencia a sobre que viviendas o edificios se puede actuar serán “viviendas con antigüedad superior a 10 años, con una superficie útil mínima de 24m2, o que después de la rehabilitación alcance los 36m2 útiles. Asimismo, deben presentar unas características de seguridad estructural y constructiva que garanticen la viabilidad de la intervención salvo que las adquiera por efecto de la actuación. Además, no estar calificada como fuera de ordenación a efectos de concesión de licencia”.
Por otra parte, el presupuesto de ejecución material máximo por vivienda será de 12.000 euros. Únicamente cuando sea imprescindible corregir la seguridad estructural o constructiva podrá alcanzar los 18.000 euros.
Por último, las obras habrán de tener alguna de las finalidades siguientes: Alcanzar condiciones suficientes de seguridad estructural y constructiva; Mejorar la protección contra la presencia de agua y humedades; Mejorar la iluminación natural y la ventilación interior; Mejorar las instalaciones de los suministros de agua, gas, electricidad y saneamiento; Mejorar las condiciones de accesibilidad mediante supresión de barreras arquitectónicas y la adecuación funcional a las necesidades de personas con discapacidad; Mejorar las condiciones de eficiencia energética; Mejorar el acceso a los servicios de telecomunicaciones, audiovisuales y de información; Mejorar la disposición y las dimensiones de los espacios interiores. En el supuesto de actuaciones que contemplen la ampliación de una vivienda, la superficie útil resultante no podrá superar los 120 m2.





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