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Chiclana

Abren el plazo para que las familias numerosas se acojan a la bonificación del IBI

Quienes deseen adherirse a esta opción pueden presentar su solicitud hasta el 31 de marzo.

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La Delegación Municipal de Hacienda ha abierto el plazo para que las familias numerosas de Chiclana puedan acogerse a la bonificación del cincuenta por ciento en el recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), prevista en las Ordenanzas Fiscales. Este período se prolongará hasta el 31 de marzo y las solicitudes podrán presentarse tanto en el servicio de Rentas, como el registro de entrada del Ayuntamiento. .

Según ha explicado la edila de este área, Ascensión Hita, para poder adherirse a esta medida los requisitos a cumplir por los interesados son que, por un lado, que el solicitante no figure como contribuyente por ningún otro inmueble, ni rústico ni urbano, en el termino municipal de Chiclana, y, en segundo lugar, que el valor catastral de la vivienda, incluido el del garaje, en el caso de que lo hubiera, sea igual o inferior a 90.000 euros.

A este respecto, la citada concejala ha señalado que las previsiones realizadas por los técnicos municipales señalan que “frente a las 74 familias que se beneficiaron de esta medida en 2013, la rebaja en un 27 por ciento de los valores catastrales podría duplicar el numero de beneficiarios para 2014, ya que esta reducción permitirá incluir en el citado tope aquellas viviendas que tuviesen en la actualidad un valor catastral de hasta 123.000 euros”.

En esta misma línea, Hita ha añadido que ya en 2013, la ampliación de 80.000 a 90.000 euros en el tope máximo del valor catastral de las viviendas “hizo posible triplicar el número de familias numerosas acogidas a esta actuación, que forma parte del conjunto de medidas puestas en marcha por este equipo de gobierno para facilitar el abono de los impuestos y tributos municipales a los ciudadanos”.

Así, ha recordado actuaciones como el plan personalizado de pago de tributos municipales de carácter periódico, que posibilita el abono de tasas como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), el Impuesto de Actividades Económicas (IAE), el Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica y la tasa por entrada de vehículos, en cuatro plazos, a principios de los meses de marzo, junio, septiembre y noviembre de cada año; la bonificación del dos por ciento en sus recibos para aquellos ciudadanos que domicilien el pago de los mismos, o la  división del recibo del Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI) entre los copropietarios de una misma finca proindivisa.

 

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