La Policía Local, en su función del cumplimiento a las ordenanzas municipales, ha abierto un expediente sancionador a una empresa de restauración rápida por llevar a cabo publicidad con elementos que están prohibidos, ya que perjudica esta práctica la limpieza en las vías públicas.
La ordenanza en sí, que regula la publicidad exterior, contempla la prohibición de utilizar hojas, dípticos o similares de manera incontrolada en soporte de papel repartidas a mano o en vehículos en las vías públicas. Conforme el capítulo sancionador de la misma ordenanza, la práctica de colocar estos papeles en los parabrisas de los coches está especialmente prohibida y considerada como falta grave con sanciones que van desde los 3.000 a los 6.000 euros. El viento, lluvia o los propios conductores son los que hacen que estos elementos se arrojen al suelo contribuyendo así a la falta de limpieza. En cuanto a la responsabilidad, primeramente es la empresa repartidora y solidariamente afecta a la empresa que se anuncia.
Se quiere de esta manera advertir también a empresas y comerciantes que no contemplen en sus acciones publicitarias repartos indiscriminados de este tipo, toda vez que, al margen de estar expresamente prohibido, ayudará a mejorar la limpieza en la ciudad.