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Sevilla

Lora multará con hasta 30.000 euros por vender artículos pirotécnicos

SIn autorización

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El Ayuntamiento de Lora del Río (Sevilla), gobernado por Francisco Javier Reinoso (PSOE), ha informado a través de un bando, ante la proximidad de las fiestas navideñas, y dado el uso de objetos pirotécnicos (petardos, tracas de gran potencia, etc.), con el riesgo y las molestias que ello implica, del régimen sancionador que pesa en la materia.

   Así, el Ayuntamiento informa a través de una nota de prensa de que, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Explosivos --aprobado por Real Decreto 230/1998, de 16 de febrero, y la Instrucción Técnica complementaria nº 19 que lo desarrolla (B.O.E nº 61, de 12 de marzo de 1998)-- es obligatoria la autorización gubernativa para la venta de artificios pirotécnicos, debiendo solicitar la correspondiente autorización de la Subdelegación de Gobierno en caso de desear expender explosivos no prohibidos.

   En este sentido, el bando municipal señala que está absolutamente prohibida la fabricación, circulación y venta de toda clase de productos para uso infantil que presenten sustancias explosivas o detonantes, en cumplimiento de lo dispuesto en las Órdenes del Ministerio de Gobernación de fecha 02-03-1963 (BOE de 1 de abril) y 3-10-1973 (BOE de 11 de octubre).

   Asimismo, la Policía Local de Lora del Río velará por la más rigurosa observancia de lo dispuesto en la citada normativa, denunciando ante la Subdelegación del Gobierno las infracciones que al respecto se cometan y decomisando este tipo de productos pirotécnicos. La legislación vigente en esta materia prevé sanciones de hasta 30.000 euros para aquellos que infrinjan la normativa sobre venta de estos productos pirotécnicos.

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