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Raquel Gago, 12 años por complicidad en el asesinato de Carrasco

La Sala no ha podido convalidar una condena solo por el encubrimiento, que el jurado desechó en su día, y le ha impuesto la pena de 12 años de prisión

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  • Gago. -

La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castila y León (TSJCyL) ha dictado sentencia de apelación y ha condenado a Raquel Gago Rodríguez como cómplice del delito de asesinato de Isabel Carrasco, por el que ya habían sido condenadas como autoras Montserrat Ascensión González Fernández y Montserrat Triana Martínez González.

La Sala no atiende así la petición realizada en la vista celebrada el pasado 4 de julio del abogado de la agente de Policía Local, Fermín Guerrero, quien solicitó la libre absolución de su defendida al considerar que no había "pruebas claras" sobre su culpabilidad.

Sin embargo, el fiscal Ricardo González pidió que se incremente hasta los 12 años, más del doble de la condena impuesta, la pena de cárcel para Raquel Gago al considerar que existía un plan preconcebido para acabar con Isabel Carrasco.

El Tribunal ha atendido por tanto al veredicto del Jurado que declaraba a Raquel Gago culpable de la muerte de Isabel Carrasco por haber contribuido a llevarla a cabo en ejecución de un plan conjunto preconcebido, mediante actos de colaboración no constitutivos de autoría, han informado a Europa Press fuentes del TSJCyL.

La Sala no ha podido convalidar una condena solo por el encubrimiento, que el jurado desechó en su día, y le ha impuesto la pena de 12 años de prisión por complicidad en el de asesinato.

El Tribunal, de acuerdo igualmente con el veredicto del Jurado, ha condenado a Raquel Gago como cómplice del delito de atentado que también constituye la muerte de Isabel Carrasco, incluyéndolo en la pena impuesta.

Por otro lado, ha absuelto a Gago del delito de tenencia ilícita de armas, ya que el principio constitucional de presunción de inocencia no permite dar por probado que tuviera contacto con ninguna de las armas relacionada con el crimen hasta que recogió la empleada en la comisión de éste, pero no para hacerse cargo de ella sino por cuenta ajena y para hacerla desaparecer.

La sentencia de la Audiencia Provincial de León se confirma en todo lo demás, acogiendo los recursos de las acusaciones y desestimando los de las otras dos condenadas.

Contra la resolución del TSJ cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Finalmente, en cuanto a la petición de los recurrentes sobre la prisión de Raquel Gago, que se encuentra en libertad provisional, la Sala ha indicado que no ha lugar por el momento a resolver sobre este aspecto, hasta que la sentencia dictada resulte firme o se interponga contra ella recurso de casación.

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