El Ministerio Fiscal ha elevado a definitiva sus conclusiones y, por tanto, mantiene su petición de 18 años de cárcel para M.C., acusado de asesinar a un hombre en la Plaza Nueva de Sevilla el 19 de septiembre de 2016, hechos por los que es enjuiciado por un jurado popular en la Audiencia Provincial, como autor de un delito asesinato con alevosía.
Durante la sesión del juicio de este jueves el fiscal ha elevado a definitiva sus peticiones y ha presentado su informe final. En el mismo ha llamado la atención del jurado para que no se deje "engañar" por el "llamativo" testimonio mostrado por el acusado en su declaración, que va en la línea "exculpatoria" de la defensa, que alega que M.C. tiene diagnosticada una esquizofrenia paranoide, presentando en la vista una resolución médica de la Junta de Andalucía con fecha de enero de 2018.
Los testigos y los agentes policiales han mostrado en el juicio, según el fiscal, que el acusado y la víctima discutieron en la Plaza Nueva, y el primero se fue y volvió al lugar con un cuchillo, acuchillando de forma "salvaje" a la víctima cuando se encontraba tumbado en un banco. Un ataque "sin posibilidad de defensa", según forenses y agentes del Grupo de Homicidios, ha expuesto el fiscal, que ha señalado además que fue un ataque con "alevosía" por parte del acusado, que estaba "determinado a terminar con la vida de la víctima".
El pasado lunes la defensa del acusado presentó un informe médico --resolución de la Junta de Andalucía-- de enero de 2018 que reconoce que éste presenta una discapacidad, apuntando que padece esquizofrenia paranoide, algo que ya "mencionaban" otros informes forenses, según las citadas fuentes, y que ahora se refleja en la documentación.
NO ACREDITADA LA ESQUIZOFRENIA PARANOIDE PARA LA FISCALÍA
Entonces el representante del Ministerio Fiscal se opuso a este informe médico, alegando que es de este año y los hechos de septiembre de 2016, cuando los informes forenses de enero de 2017 apuntaron que el procesado era "consciente" de lo que hacía y no detectaron síntomas de esquizofrenia. Este jueves el fiscal ha afirmado que no ha quedado acreditada tal enfermedad mental, como también se refleja en la conducta del acusado del día de los hechos, sobre la que los agentes dicen que no vieron a una persona confusa, sino "sereno, exultante y orgulloso" de lo hecho.
Según la Fiscalía, los forenses sólo detectaron trastorno disocial de conducta, que "no limita la capacidad para comprender lo que hacía".
Por su parte, el abogado de la defensa ha planteado que por los hechos el acusado sea considerado autor de un delito de asesinato con la eximente completa por esquizofrenia paranoide y trastorno disocial, con cumplimiento de la pena en un centro psiquiátrico. Si bien, ha expuesto, como alternativa, calificar los hechos de homicidio con la eximente incompleta o con atenuante, con pena de prisión.
"SUCESO HORRIBLE"
Además, ha defendido la resolución de la Junta que reconoce la esquizofrenia paranoide, un documento oficial con más valor que un informe psiquiátrico incorporado en el procedimiento. Por último, ha calificado los hechos de un "suceso horrible" entre "indigentes" y ha rechazado que pueda calificarse de ataque sorpresivo porque la herida mortal demuestra, a su juicio, de que la víctima ya estaba incorporado.
Las partes, Ministerio Fiscal y defensa, han sido citados el próximo miércoles, 2 de mayo, para dar el objeto del veredicto al jurado popular.
Según el escrito de acusación de la Fiscalía, acusa a M.C., que en fase de instrucción llegó a reconocer los hechos, de un delito de asesinato a cuenta de unos hechos que habrían tenido lugar en la noche del día 19 de septiembre de 2016 en la Plaza Nueva de la capital hispalense, cuando acabó con la vida de la víctima tras clavarle "repetidamente" un cuchillo "de grandes dimensiones".
Asimismo, se expone que el día 19, sobre las 22,00 horas, el acusado, mayor de edad y con antecedentes penales no computables a efectos de reincidencia, se encontraba en la Plaza Nueva de la capital, donde coincidió con la víctima, que estaba acompañado por dos amigos. Todos ellos eran conocidos por haber acudido con regularidad a los servicios sociales de la comunidad, así como a un centro de acogida.
El acusado, tras una "fuerte" discusión con la víctima y tras abandonar el lugar, determinado a acabar con la vida de la víctima, al que culpaba tanto por ciertos comentarios como por la pelea anterior, se dirigió a su domicilio y con la intención de asegurar su muerte y evitar cualquier tipo de riesgo para su persona cogió un cuchillo de grandes dimensiones de la cocina, expone la Fiscalía, que añade en su escrito que la víctima permanecía en la céntrica plaza de Sevilla, donde tomó un tranquilizante para relajarse, echándose a descansar en uno de los bancos de la plaza.
Media hora después el acusado volvió a la Plaza Nueva "con el convencimiento de que aún estaba la víctima y, al verlo postrado en el banco y con la evidente intención de acabar con su vida, se abalanzó clavándole repetidamente el cuchillo en el abdomen y en la zona axilar izquierda, sin que éste tuviera oportunidad alguna de repeler la agresión y causándole la muerte".
El acusado trató de huir del lugar tras estos hechos, abandonando la plaza a la carrera. Sin embargo, fue perseguido por testigos de la agresión que consiguieron darle alcance en las proximidades del lugar y retenerlo hasta la llegada de la Policía. El acusado en la huida trató de deshacerse del cuchillo que posteriormente fue recuperado por los agentes.
El fallecido, que no estaba casado y no tenía hijos, presentaba cuatro heridas inciso punzantes, tres en región axilar izquierda y una en el abdomen, siendo todas las heridas vitales pues afectaban a órganos esenciales para la vida. El varón murió por la herida en la zona abdominal, que afectó a la aorta y causó gran hemorragia interna y externa, dando lugar a una hipovolemia aguda.