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Las nuevas condiciones de los ERTE por el COVID-19 ya están en vigor

El BOE publica el decreto que extiende los ERTE hasta el 30 de septiembre

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  • Oficina de empleo. -

El nuevo marco por el que se regirán los ERTE relacionados con la pandemia de la covid-19 hasta el próximo 30 de septiembre está en vigor desde este mismo sábado, según el real decreto-ley publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE).

Así, el real decreto-ley -aprobado ayer y fruto del acuerdo entre patronal, Gobierno y sindicatos- recoge los nuevos esquemas de exoneraciones en el pago de las cotizaciones sociales para las empresas acogidas a un ERTE, total o parcial, en los próximos meses y que van desde el 70 % al 25 %, e incluye un supuesto específico en caso de rebrotes con exenciones algo mayores.



Junto a estos descuentos en los pagos a la Seguridad Social, el real decreto-ley recoge los aspectos que se mantienen del anterior acuerdo: mejoras en la protección por desempleo para los trabajadores afectados o el compromiso de mantener el empleo durante seis meses.

Para las empresas que se acojan por primera vez a un ERTE, detalla la norma, este compromiso -que en los anteriores ERTE empezaba a correr desde que la empresa incorporaba al primer empleado- comenzará a computar desde este mismo sábado, es decir no podrán reducir plantilla hasta finales de diciembre.

Las empresas acogidas a ERTE tampoco podrán permitir que sus trabajadores realicen horas extras, ni podrán llevar a cabo nuevas contrataciones o subcontrataciones (salvo que se trate de una categoría profesional que no exista en su empresa).

También se mantiene la imposibilidad de operar en paraísos fiscales o de repartir dividendos.

El texto también establece las medidas de protección a los autónomos hasta septiembre, a las que están acogidos 1,4 millones, y una prestación extraordinaria de cese de actividad para los trabajadores de temporada.

Para acceder a esta nueva ayuda, que se podrá cobrar durante cuatro meses como máximo, el Gobierno establece varios requisitos como haber estado dado de alta durante al menos cinco meses en el periodo comprendido entre marzo y octubre de 2018 y 2019 o no haber obtenido durante el año 2020 unos ingresos que superen los 23.275 euros.

Junto a estas medidas laborales, el real decreto-ley establece la creación del Fondo Español de Reserva para Garantías de Entidades Electrointensivas FCPJ (Fergei), dotado inicialmente con 200 millones de euros, a través del cual el Estado cubre los riesgos que asumen los consumidores electrointensivos al adquirir la energía eléctrica mediante contratos a medio y largo plazo.

También ordenan formalizar por escrito en el plazo de un mes los contratos de trabajo verbales de los pescadores vigentes en el momento de entrada en vigor del real decreto-ley y reconoce la condición "ultraperiférica" del archipiélago canario hasta la reanudación del tráfico aéreo internacional.

E incorpora al ordenamiento jurídico una directiva sobre la repatriación de los pescadores estableciendo que los armadores de buques pesqueros que enarbolen pabellón español y entren en un puerto extranjero deberán suscribir un seguro obligatorio o garantía financiera equivalente que garantice el derecho de los pescadores enrolados a la repatriación a su país en determinados supuestos.

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