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Huelva

El Ayuntamiento de Huelva abre el periodo voluntario de pago de impuestos

Se podrán abonar los recibos desde el 15 de octubre y hasta el 15 de diciembre, con las exenciones de pago fijadas en el marco de las ayudas por el Covid-19

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  • Fachada del Ayuntamiento de Huelva. -

El Ayuntamiento de Huelva abrirá el próximo 15 de octubre el periodo voluntario del pago de impuestos municipales. Un plazo que se retrasa un mes este año y que se extiende hasta el día 15 de diciembre.

Los recibos que se ponen al cobro son los relativos al Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana (IBI), que por quinto año consecutivo continúa congelado en la ciudad de Huelva, al Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica, al Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Características Especiales, al Impuesto sobre Actividades Económicas, y al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica.

Asimismo, en este plazo se tendrán que abonar las tasas correspondientes a la ocupación de la vía pública con mesas y sillas -salvo en las exenciones especiales que se han determinado este año a causa del Covid-19-; la ocupación de la vía pública con surtidores, aparatos automáticos, cajeros, etc; la reserva de aparcamiento; la ocupación de vía pública con kioscos y puestos fijos; la entrada de vehículos a través de las aceras; y la conservación y mantenimiento del Cementerio Municipal.

A raíz de las medidas adoptadas por el Ayuntamiento de Huelva con motivo de la crisis sanitaria y para mitigar los efectos de la pandemia en las pymes y autónomos, están exentos del pago de la tasa de veladores desde el 14 de marzo, aquellas empresas y autónomos que tuvieron que paralizar su actividad, así como a aquellos sectores que hayan visto limitada su actividad de manera sensible o que acrediten una caída de ingresos del 75%. Igualmente, se aplicará una bonificación a la ocupación de vía pública con kioscos y puestos fijos por el periodo que, debido al periodo de alarma, no pudieron abrir al público.

Los contribuyentes onubenses podrán efectuar los pagos de sus deudas tributarias en cualquiera de las oficinas bancarias que se indican en los avisos de pago que serán remitidos a sus domicilios.

En el caso de no recibirlos deberán retirarlos en cualquiera de las oficinas recaudatorias del Servicio de Gestión Tributaria dentro de los días que componen el plazo voluntario.

Asimismo, el Ayuntamiento, a través de la Oficina Virtual del Servicio Provincial de Gestión Tributaria, pone a disposición de los contribuyentes diferentes servicios online de gestión de sus impuestos para que así no tenga que desplazarse a las oficinas o entidades bancarias. De esta manera, bien como usuario de la banca online o con el certificado digital se pondrán consultar impuestos, domiciliar, pagar telemáticamente, imprimir documentos de cobro, registrar documentación online, activar avisos electrónicos o al email, emitir duplicados de pagos o gestionar los impuestos de un tercero como autorizado.

El Consistorio recuerda que, transcurrido el plazo de cobro en período voluntario, se iniciará el procedimiento ejecutivo de apremio, procediéndose el cobro de las cuotas no satisfechas, con los recargos que procedan, así como intereses de demora de las deudas no ingresadas.

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