El Patronato de la Alhambra no devolverá el importe del dinero de las entradas adquiridas por usuarios que se vieron afectados por las restricciones de movilidad y no pudieron visitar el monumento ya que la normativa solo permite hacerlo en casos excepcionales que no incluyen el cierre perimetral por covid.
El complejo monumental, históricamente el más visitado del país, no podrá devolver el importe de las entradas adquiridas por usuarios que no las disfrutaron por el cierre perimetral de la ciudad aprobado por la Junta para frenar la expansión del coronavirus.
Según la respuesta enviada por el Patronato a los afectados, a la que ha tenido acceso Efe, la normativa vigente impide al monumento reintegrar el coste de las entradas pese a tratarse de circunstancias especiales.
El texto recalca que "no concurre" una causa que pueda imputarse al Patronato, que ha permanecido abierto pese a las restricciones de movilidad, lo que haría que la devolución del dinero fuera cuanto menos irregular.
Esta imposibilidad de devolver el importe de las entradas no afecta al periodo comprendido entre el 10 de noviembre y el 1 de diciembre, jornadas en las que el monumento sí estuvo cerrado, lo que permite reembolsar el dinero de los pases a los afectados.
Según ha adelantado el periódico Ideal de Granada, el Patronato de la Alhambra consultó al menos en dos ocasiones al Servicio Jurídico de la Junta si el marco legal le permitía devolver el coste de todas las entradas.
Ha sido este Servicio el que ha aclarado que, atendiendo a la resolución de 16 de enero de 2020 del Patronato que recoge la normativa de visita y venta de entradas, no se puede devolver el dinero salvo casos excepcionales que no incluyen las restricciones de movilidad.
El monumento reabrió por segunda vez este año el pasado 1 de diciembre después de que la mejora en la tasa de contagios por coronavirus en Granada permitiera relajar las severas restricciones impuestas.
Granada
La Alhambra no devolverá el dinero a los afectados por las restricciones de movilidad
La normativa solo permite hacerlo en casos excepcionales que no incluyen el cierre perimetral por covid
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