El tiempo en: Puente Genil

Granada

La jueza rechaza imponer una fianza a los ediles personados en el caso Mulhacén

Ha denegado la petición de la exedil de Urbanismo Isabel Nieto de imponer 15.000 euros de fianza a los concejales de Podemos-IU personados como acusación

Publicidad Ai Publicidad Ai Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
  • Juzgados. -

La jueza que investiga irregularidades en la tramitación del pabellón Mulhacén de Granada, en una pieza separada del caso Nazarí, ha denegado la petición de la exedil de Urbanismo Isabel Nieto de imponer 15.000 euros de fianza a los concejales de Podemos-IU personados como acusación en la causa.

Según ha informado este miércoles esta coalición política en un comunicado, la titular del Juzgado de Instrucción 2 de Granada ha rechazado la petición de la defensa de Nieto en la que pedía que se impusiera una fianza de 5.000 euros a cada miembro del grupo municipal de Podemos-IU.

La jueza ha basado su auto en el escrito de la fiscal donde desestima el recurso de la defensa, al entender que es "desproporcionado y carente de fundamento" ampliar la cantidad de la referida fianza y exigirla a las personas individuales que comparecen en el procedimiento en representación a los intereses ciudadanos.

También tiene en cuenta las alegaciones de los representantes legales del grupo municipal, que esgrimen los mismos argumentos que el Ministerio Fiscal.

El portavoz de la coalición, Antonio Cambril, entiende que esta "maniobra" responde a "un intento de amedrentar y disuadir" a los representantes de la acusación popular, los concejales, a través de una amenaza a sus bienes y así apartarlos de la causa.

El escrito de la fiscal para desestimar la petición de Nieto apela a que la acción popular es un derecho constitucional y que el referido grupo municipal representa legítimos intereses ciudadanos.

El mismo documento señala que la imposición de esa fianza supondría un impedimento al ejercicio de dicha acción.

Asimismo subraya el hecho de que no se exige fianza al tratarse de un proceso en curso, no de iniciación por parte de la acusación popular, ha detallado Podemos-IU.

La personación como acusación popular no exige formulación de querella ni prestación de fianza, dado que conforme a reiterada jurisprudencia, solo es necesario cuando el acusador popular pretende la iniciación del proceso, no cuando el procedimiento penal ya está abierto y en curso, como en el presente caso.

El Ministerio público argumenta basándose en jurisprudencia del Tribunal Supremo, al tratarse de una causa en la que se investiga un amplio abanico de delitos, entre ellos los relacionados con el ejercicio de la función pública.

La causa investiga posibles irregularidades relacionadas con el pabellón Mulhacén del Zaidín.en una pieza separada que lleva la titular del Juzgado de Instrucción 2 de Granada, María Ángeles Jiménez, encargada también del caso Nazarí. 

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN