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Almería

Absuelven a dos acusados de cultivar más de 4.000 plantas de marihuana en Níjar

Los procesados llegaron a este juicio por un delito contra la salud pública acusados de ser los responsables de la plantación

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  • Juzgados. -

El Juzgado de lo Penal número 3 de Almería ha absuelto a dos hombres que se enfrentaban a penas de cuatro años y medio de prisión y multas de 7,5 millones de euros por cultivar 4.136 plantas de marihuana en Níjar (Almería).

Según el fallo, al que ha tenido acceso EFE, el 24 de septiembre de 2021 fue localizado dicho cultivo en cinco invernaderos instalados en el interior de una parcela del polígono 118 de la localidad nijareña de Pujaire.

Los procesados llegaron a este juicio por un delito contra la salud pública acusados de ser los responsables de la plantación, pero la juez incide en que no existen pruebas para condenarlos.

En el caso concreto de uno de los procesados, éste explicó que si la Guardia Civil encontró el vehículo de su madre, que él utilizaba, próximo a los invernaderos, es porque ese día había ido allí, como en ocasiones anteriores, a buscar trabajo.

En este sentido, insistió en que con anterioridad ya había conseguido así trabajo por horas en los invernaderos de la zona, y aseveró que desconocía que en éstos hubiese marihuana, algo que la juez ve verosímil dada la vida laboral aportada por este procesado y la falta de testigos y pruebas que lo relacionen con la plantación.

Respecto al segundo procesado, representado por el abogado José Antonio Bonachera, la juez destaca que el instituto armado únicamente intervino el material encontrado en la finca, “sin que consten vigilancias previas que permitan acreditar quien se encargaba de cultivar, cuidar o traficar con tales sustancias”.

La magistrada incide en que la acusación contra este hombre se sustentaba en un supuesto contrato de arrendamiento de la finca en la que estaban los invernaderos, cuya autenticidad ha sido impugnada.

El procesado, asimismo, aseguró que había facilitado su documentación al propietario de la finca, que estaba interesado en plantar cáñamo, a cambio de dinero, y recalcó que no había firmado contrato de arrendamiento alguno,

“Ninguna prueba aportó la parte acusadora para acreditar efectivamente el arriendo de la finca por parte del acusado, a pesar de la facilidad probatoria que para ello tenía a través de facturas o pagos a cuenta o a través de testigos”, concluye la juez.

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