El plazo de presentación de solicitudes de nuevo ingreso para la Escuela Infantil Muinicipal Santa María abrirá el próximo lunes 23 de mayo hasta el lunes 6 de junio. La Escuela Infantil Municipal, dependiente de la Delegación de Asuntos Sociales, está destinada a menores cuya edad esté comprendida entre las 16 semanas y los dos años, cuya unidad de convivencia se encuentre en situación de vulnerabilidad socio-económica. Además se podrá solicitar plaza para menores en fase de gestación cuando su nacimiento esté previsto con 16 semanas de antelación al comienzo del curso. Excepcionalmente también tendrán acceso menores de cuatro meses cuando la situación socio-familiar así lo exija.
En cuanto a los criterios de valoración, para ser beneficiario se requiere acreditar puntuación en los apartados de circunstancias económicas, situación laboral y circunstancias sociofamiliares. Al respecto de lo primero, se utilizará el Indicador Público de rentas de Efectos Múltiples (IPREM) mensual aprobado para el año 2022, que corresponde a una cantidad de 579,02 euros. Respecto de la situación laboral, obtendrán mayor puntuación las unidades familiares en las que el padre, la madre o quienes ejerzan la representación legal estén trabajando. Y en cuanto al perfil familiar, la máxima prioridad reside en las circunstancias que originen la adopción de medidas protectoras de tutela o guarda adoptadas por el Servicio de Protección al Menor.
La concejala delegada del área de Asuntos Sociales, Helena Fernández, ha valorado que la Escuela Infantil Municipal “es un recurso imperscindible que ponemos a disposición de la ciudadanía y que permite garantizar la protección de la infancia, cuando ésta además se encuentra en situación de especial vulnerabilidad, así como procurar la igualdad de derechos y oportunidades para los niños y niñas y sus familias”.
Tanto la solicitud como la documentación requerida para su valoración debe presentarse en la Delegación de Asuntos Sociales en la calle Isabel La Católica número 12, el registro electrónico común, el Registro General del Ayuntamiento o cualquiera de los otros registros establecidos. Una vez presentadas las solicitudes, podrá requerisre a las personas interesadas que subsanen las faltas u omisiones en un periodo de diez días.