La asociación Defensa Ciudadana Activa manifestó ayer que ha presentado un “recurso extraordinario de revisión” contra el Decreto de Alcaldía de fecha 5 de julio de 2011 “y cualesquiera posteriores de modificación” en referencia a las retribuciones de los concejales con dedicación exclusiva del Ayuntamiento.
El colectivo ciudadano inicia este expediente informativo al entender, en base al Real Decreto 2568/86 y el artículo 93.4 del propio Reglamento Orgánico Municipal del Ayuntamiento de San Roque, que “la competencia para determinar, dentro de la consignación global que se apruebe en el presupuesto, la relación de cargos con régimen de dedicación, así como la cuantía de sus retribuciones, es el Pleno corporativo”.
De hecho, el real decreto antes citado especifica que “será el Pleno corporativo quien determinará, dentro de la consignación global contenida a tal fin en el presupuesto, la relación de cargos de la corporación que podrán desempeñarse en régimen de dedicación exclusiva y, por tanto, con derecho a retribución, así como las cuantías que correspondan a cada uno de ellos”.
Por todo lo anterior, desde DCA entienden que “el procedimiento seguido no ha sido el correcto, estableciendo el régimen de dedicación, así como la cuantía de las retribuciones de distintos ediles un órgano manifiestamente incompetente”, agregando que, en este caso, la Alcaldía “suplanta” competencias “expresamente atribuidas al Pleno”.
Mayoría relativa
Para DCA, “esta situación, que en circunstancias de gobiernos con mayorías absolutas probablemente no supondrían diferencias entre el criterio de Alcaldía y del Pleno, ha demostrado ser muy distinta en San Roque, sobre todo tras la aprobación, semanas atrás, de una propuesta de modificación de retribuciones por parte del Pleno corporativo que, al parecer, Alcaldía no acepta”la .
En orden a que, según indica DCA, “todos los indicios dan a entender que el Pleno corporativo no ha aprobado la actual relación de cargos con dedicación exclusiva ni sus retribuciones, sino que ha sido la Alcaldía, por decreto, la que los ha impuesto en contra del criterio manifestado en votación del órgano colegiado competente, nos llevan a pensar que pueda estar dándose una situación poco ajustada a la legalidad vigente”. Es por ello que piden este recurso extraordinario de revisión, que hacen extensible a “cualesquiera pagos que se hayan realizado en función de dicho decreto o posteriores no respaldados por aprobación plenaria expresa”, es decir, los sueldos de los concejales con dedicación.