El tiempo en: Puente Genil

Chiclana

Urbanismo solicita la colaboración ciudadana para evitar la presencia de carteles en las calles de Chiclana

La normativa legal vigente en materia de publicidad en Chiclana establece sanciones a las infracciones de la misma que oscilan entre los 600 y los 3.000 euros.

Publicidad Ai
Publicidad AiPublicidad Ai
Publicidad AiPublicidad AiPublicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai

La delegada municipal de Urbanismo, Marisol Ayala, ha solicitado de nuevo la “colaboración ciudadana”, tanto a particulares como empresas, “para impedir la proliferación de carteles y otros elementos publicitarios en las calles de Chiclana de la Frontera, especialmente en el centro urbano”. Según ha reiterado la edil del Partido Vecinal Regionalista, PVRE, “es necesario que todos nos concienciemos de la necesidad de cuidar al máximo posible  nuestra ciudad, colaborando así en mantener una estética agradable y atractiva”.

Las palabras de Ayala se producen una vez que la Policía Local de Chiclana de la Frontera se encuentra elaborando un registro exhaustivo de las alteraciones a la recientemente aprobada ordenanza municipal reguladora de publicidad en el término municipal, incidiendo de manera destacada en todo aquello relacionado con la presencia de carteles, banderolas, pancartas, pegatinas y similares, aunque también se estará pendiente del reparto de la publicidad impresa.

Según ha informado la citada concejala, “la normativa legal vigente en materia de publicidad en Chiclana de la Frontera, establece sanciones a las infracciones de la misma, con una cuantía económica de hasta 600 euros para las de carácter leve, de 601 a 1.500 para las graves y de 1.501 hasta 3.000 euros para las consideradas muy graves”. En este sentido, Ayala ha señalado que “esperamos la máxima colaboración ciudadana, no dudando que la respuesta será positiva”.

La ordenanza que fija los criterios por los que se rige la publicidad en el término municipal se encuentra en vigor desde el pasado mes de junio, describiendo tres tipos de publicidad: la estática, en soportes fijos; la dinámica, auto transportada o remolcada; y la audiovisual, mediante aparatos electrónicos o eléctricos y tiene como objetivo dotar de orden y rigor la ejecución de este tipo de comunicación comercial.

Este documento, pionero en la historia de Chiclana de la Frontera, afecta también la publicidad instalada o efectuada sobre el suelo o el vuelo de dominio público local o perceptible desde el mismo, así como la propaganda realizada dentro del municipio.

Todos aquellos interesados que deseen recabar más información, pueden dirigirse a la Delegación de Urbanismo, o bien consultar el texto íntegro de la citada ordenanza en la página web del Ayuntamiento, www.chiclana.es.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN