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España

El Gobierno eleva a 6 años la pena máxima de cárcel por delito fiscal

Se incluye una ampliación de las penas máximas de cárcel hasta los seis años por delito fiscal de más de 600.000 euros o cuando se lleve a cabo a través de organizaciones criminales o testaferros

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El Gobierno ha dado vía libre al proyecto de ley de modificación del Código Penal, en el que se incluye una ampliación de las penas máximas de cárcel hasta los seis años por delito fiscal de más de 600.000 euros o cuando se lleve a cabo a través de organizaciones criminales o testaferros.

   Concretamente, para los delitos agravados la pena máxima de prisión será de dos a seis años, frente el umbral de uno a cinco años actuales. Además, el plazo de prescripción pasará de cinco a diez años también para los restantes supuestos de delito fiscal.

   En rueda de prensa tras el Consejo de Ministros, la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha recalcado que esta modificación persigue actuar con "más contundencia" contra este tipo de delitos.

   Además, ha explicado que el proyecto de ley contempla que cuando se descubre en una inspección tributaria la existencia de un posible delito fiscal, para evitar que el supuesto defraudador se desprenda de todas sus posesiones, se comenzará a realizar el cobro desde el primer momento en lugar de esperar al momento de la sentencia, salvo que el juez decida otra cosa. Esta modificación también se aplicará a los casos de fraude en el cobro de subvenciones o prestaciones. 

   Por otro lado, el Gobierno también espera dar una "respuesta tajante" a las tramas de fraude en el IVA. En este caso, no será necesario esperar al transcurso del año cuando se defraude más de 120.000 euros. Así, se podrá proceder a la denuncia inmediata en lugar de tener que esperar  a la finalización del año natural para poder denunciar el hecho como delito fiscal.

   El proyecto de Ley incluye asimismo una serie de mejoras técnicas destinadas a favorecer la regularización voluntaria del contribuyente y aumentar la recaudación.

   Entre ellas figura un atenuante --rebaja importante de la pena-- por reparación del prejuicio económico causado a la Hacienda Pública. Se aplicará en los casos de regularización dentro de los dos primeros meses tras haber recibido una citación judicial y en los casos en que el contribuyente colabore en la identificación de otros sujetos responsables.

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