De los delitos de prevaricación, malversación y falsedad por la gestión de un plan de mejora de viviendas de la Junta en su municipio
La Audiencia de Granada ha absuelto al exacalde de Cogollos Vega (Granada) Francisco José Luzón de los delitos de prevaricación, malversación y falsedad por la gestión de un plan de mejora de viviendas de la Junta en su municipio, unas obras por las que se enfrentaba a siete años de cárcel.
La sentencia de la Sección Primera de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe y contra la que cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), ha absuelto a Luzón y a los otros dos acusados en esta causa por la que se enfrentaba a siete años de cárcel y 19 de inhabilitación para empleo o cargo público.
Según la Fiscalía, los hechos se remontan al mes de diciembre de 2015 cuando Luzón era alcalde independiente en Cogollos Vega y la Junta aprobó declarar el barrio árabe de la localidad como zona de actuación de infravivienda.
Este programa de la Junta tiene como objetivo mejorar viviendas y propiciar la integración del barrio y aprobó actuar en cincuenta casas con un presupuesto de más de 453.000 euros.
En una primera fase, el Ayuntamiento adjudicó la actuación en 16 de las casas a la empresa del también acusado Francisco R.G., incluida la de Carmen, una vecina a la que el proyecto redactado exigía que en una fase previa tirara el tejado y la planta superior de la vivienda.
Según el planteamiento de la Fiscalía, Luzón ideó estas obras previas para incrementar el beneficio de la empresa de Francisco, un proyecto que Carmen firmó sin conocer sus obligaciones como propietaria,
Para la tarea previa a las obras concertadas, el alcalde contrató con cargo al PFEA al marido y al hijo de Carmen, ambos albañiles que se encargaron de derribar el tejado pese a que fueron empleados para actuar en una acequia.
Cuando la empresa encargada de las obras presentó las facturas del plan de la Junta, el Ayuntamiento las rechazó por diferentes irregularidades, le rescindió el contrato para actuar en las que aún estaban pendientes y le pidió 169.000 euros por daños y perjuicios.
La Fiscalía consideró los hechos como un delito de prevaricación administrativa, otro de malversación de caudales públicos y un tercero de falsedad en documento oficial, aunque la sentencia ha absuelto a los tres acusados al considerar que no se cometieron ninguno de los delitos.
La sentencia ha concluido que no hay evidencia alguna que muestre que el exalcalde quiso "favorecer a la empresa constructora, cuando tales actuaciones aparecen reflejadas a coste cero".
Tras el fallo judicial, Luzón ha considerado en un comunicado que inadmisible que siga enfrentando causas judiciales por denuncias del actual alcalde y ha confiado en q