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Durá recuerda a la ATMJ que es la primera vez para una convocatoria abierta para puestos de libre designación

El delegado de Personal recalca que “se trata de un procedimiento legalmente establecido y que algunas designaciones han recaído en miembros de la ATMJ”

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El segundo teniente de alcalde y delegado de Personal y Seguridad, Javier Durá, ante las últimas manifestaciones realizadas por el sindicato ATMJ el proceso de convocatoria para puestos de libre designación en el Consistorio, recuerda que “es la primera vez en la historia del Ayuntamiento que se acude al procedimiento legalmente establecido para las designaciones a través de convocatoria, publicación en el BOP, y listados de admitidos, entre otros trámites”.

Las manifestaciones de la ATMJ no dejan de sorprender al delegado ya que “algunas de las designaciones han recaído en miembros de la propia ATMJ”. A este respecto, Durá subraya que “todos los trabajadores que formaban parte de las listas definitivas de candidatos admitidos reunían los requisitos exigidos para el desempeño del puesto al que optaban y son reconocidos profesionales de este Ayuntamiento. La designación ha recaído en el trabajador que se ha considerado idóneo para el desempeño de las funciones del puesto. Para algunos puestos solo había un candidato, de manera que la designación solo podía recaer en esa candidatura”.

Los procedimientos de designación “realmente cuestionables legalmente son los que se han venido realizando antes de la llegada del actual equipo de Gobierno. Nunca hasta ahora ha existido en el Ayuntamiento una convocatoria pública para acceder a puestos de dirección”, destaca Durá.

El Gobierno local “está plenamente convencido de la legalidad del procedimiento, al que no se ha puesto objeción legal alguna. Continuamos con el procedimiento de normalización de la gestión del Personal municipal y en la Junta de Gobierno local del próximo 15 del presente mes daremos un paso más en este sentido con la aprobación de las bases para la provisión de los primeros puestos de jefatura por concurso de méritos en la historia del Ayuntamiento”.

En cuanto a la provisionalidad de las comisiones de servicios, cabe recordar que la Ley permite que estos puestos puedan tener una vigencia de hasta dos años. En los casos referidos, la provisionalidad ha sido de tan solo cuatro meses, ya que su fecha de inicio fue el pasado 31 de octubre de 2012.

El delegado recuerda además que el criterio general para todos los puestos de trabajo es el “concurso de mérito”, quedando sólo la “libre designación” como un mecanismo excepcional para cubrir los puestos de naturaleza directiva así como aquellos que impliquen una especial relación de confianza. Igualmente, deja también claro que todo ello se está haciendo conforme a las bases de sus respectivas convocatorias. Además, este sistema es el habitual en todas las administraciones.

Asimismo, confía en que la aplicación de la RPT signifique aportar de manera definitiva transparencia en la organización de la plantilla del Ayuntamiento y en la ocupación de sus puestos, poniendo fin al caos organizativo y a las arbitrariedades retributivas que han existido precisamente por la falta de un documento que es obligado por Ley.

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