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El TSJA niega la nulidad a los primeros afectados por el ERE

Los extrabajadores municipales que recurrieron empiezan a ver todavía más complicada su reincorporación a la plantilla municipal

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El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha empezado a resolver los primeros recursos interpuestos por algunos afectados por el ERE municipal a las sentencias de los juzgados de Primera Instancia que declararon sus despidos como improcedentes.

Esas primeras sentencias no son favorables a los intereses de los trabajadores, ya que desestiman los recursos que solicitaban la nulidad del despido y mantienen la calificación de improcedencia. En estos casos en concreto queda por tanto cerrada la posibilidad de la reincorporación a la plantilla municipal.

De todos modos conviene dejar claro que cada recurso es individual y que las circunstancias que rodearon al despido de cada trabajador no tienen por qué ser idénticas. Con independencia de este detalle, que puede favorecer todavía la reincorporación de algunos de los afectados que solicitaron la nulidad de sus despidos, lo cierto es que las resoluciones han supuesto un nuevo varapalo para este colectivo, ya que las esperanzas de recuperar los empleos de una mayoría de extrabajadores empiezan a diluirse.

En otros casos, no fueron los despedidos quienes recurrieron, sino el propio Ayuntamiento, que solicitó la procedencia de los despidos. También en estas vistas el TSJA ha optado por mantener el criterio de los juzgados de Primera Instancia, de modo que los despidos seguirán siendo calificados como improcedentes.

Como se recordará, los afectados por el ERE solicitaron hasta el último momento que el Consistorio presentara ante el TSJA unos acuerdos transaccionales que favorecieran su reincorporación a la plantilla municipal. Sin embargo, el Gobierno local optó finalmente por no presentar esos acuerdos ante el Alto Tribunal andaluz argumentando que podría incurrir en delitos tales como prevaricación, malversación y nombramiento ilegal.

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