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Málaga

El SAS pagará los gastos de un paciente que fue a la privada tras una operación

El paciente, de 61 años, sufrió en enero de 2017 un desprendimiento de retina nasal e inferior y afectación macular y fue operado un mes después en el Hospital

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  • Hospital Civil de Málaga. -
  • Tuvo que acudir al Instituto de Microcirugía Ocular de Barcelona, donde fue tratado e intervenido en varias ocasiones
  • Tras la operación en el Hospital Civil sufrió un estrabismo restrictivo con acusada hipotrofia e inotropia
  • La resolución condena al SAS al reintegro de los gastos médicos ocasionados por 11.227,72 euros

El Juzgado de lo Social número 2 de Málaga ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a reintegrar los gastos sanitarios por importe de 11.227 euros que un paciente tuvo que realizar debido a una intervención oftalmológica en un hospital privado de Barcelona.

El paciente, de 61 años, sufrió en enero de 2017 un desprendimiento de retina nasal e inferior y afectación macular y fue operado un mes después en el Hospital Civil de Málaga, tras lo que sufrió un estrabismo restrictivo con acusada hipotrofia e inotropia.

En septiembre de 2017 tuvo que acudir a urgencias del Hospital Civil con pérdida de visión y diplopía binocular, sin que se le diera la posibilidad de solucionar o tratar el problema, por lo que se vio obligado a acudir a la sanidad privada, según ha informado la asociación El Defensor del Paciente, que ha tramitado la demanda.

Por ello, decidió acudir al Instituto de Microcirugía Ocular de Barcelona, donde fue tratado e intervenido en varias ocasiones entre enero de 2018 y marzo de 2019 para corregir el estrabismo restrictivo.

La Consejería de Salud desestimó en septiembre de 2019 la reclamación del paciente para que se le devolvieran los gastos en los que había incurrido en la sanidad privada, por lo que en octubre presentó una demanda judicial, en la que el SAS se opuso a la petición por entender que dicha asistencia médica "no tenía riesgo vital".

En la resolución que condena al SAS al reintegro de los gastos médicos ocasionados, facilitada a Efe, se señala que "no existe duda de que la vista es de suma importancia o trascendencia para la salud del paciente", que antes de operarse en la sanidad privada "estaba totalmente impedido para el desempeño de su profesión y de las actividades normales de la vida diaria".

En cuanto a la inmediatez, la sentencia indica que el paciente "estuvo esperando un año tras la operación" para que el sistema de salud le diese una solución, pero éste lo catalogó como "no operable" y "no le dio alternativa", por lo que estima íntegramente la reclamación y condena al SAS a abonar 11.227,72 euros

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