El tiempo en: Puente Genil
Publicidad Ai
Publicidad Ai

Huelva

La Audiencia de Huelva rebaja 3 condenas al revisar 60 sentencias por la ley del sí es sí

Se trata de una cifra que fluctúa por las peticiones de abogados defensores y algunas actuaciones de oficio

Publicidad Ai
Publicidad Ai
Publicidad Ai
  • Audiencia de Huelva. -

La Audiencia Provincial de Huelva ha rebajado, a fecha del 26 de enero, tres condenas de las penas impuestas conforme a la legislación derogada por la ley del 'Solo sí es sí' de un total de 60 revisadas de oficio.

De este modo, según han informado a Europa Press desde el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), tras revisar estas 60 sentencias, en la mayor parte de ellas no se cumplían los requisitos, por lo que finalmente se han revisado de forma profunda 13 en la Primera, rebajándose en tres de ellas.

Esto supone la rebaja en una condena más con respecto a la información hecha pública por el TSJA el pasado 23 de diciembre, cuando la rebaja de condena solo se había aplicado sobre dos sentencias.

Así, en ese momento informó de que la Audiencia Huelva había acordado revisar de oficio las penas impuestas para los supuestos en que las mismas conductas se sancionen en el actual texto con una pena inferior y en aquellas condenas en que se evalúe que es posible aplicar una pena inferior conforme a la versión ahora vigente del Código Penal, según indicaba el acta del pleno de magistrados.

En este sentido, desde el TSJA señalaron que las secciones Primera y Tercera de la Audiencia de Huelva habían revisado hasta el 23 de diciembre casi 60 sentencias emitidas sobre este tipo de condenas, aunque en la mayor parte de ellas no se cumplían los requisitos, por lo que finalmente solo diez habían sido objeto de una revisión, produciéndose una rebaja de la pena en dos de ellas -hasta esa fecha-.

De la misma manera, los magistrados aprobaron que en los restantes casos y "para el supuesto de que así lo interesaran las partes", el procedimiento de revisión se iniciaría a petición de éstas, "con traslado a las partes personadas y resolución de fondo".

Según ha aclarado el TSJA, se trata de cifras provisionales que además fluctúan por las revisiones que se activan cada día y por las peticiones de abogados defensores y algunas actuaciones de oficio.

TE RECOMENDAMOS

ÚNETE A NUESTRO BOLETÍN