La Sección Segunda de la Audiencia de Valencia ha absuelto a dos jóvenes, de 22 y 25 años en el momento de los hechos, que se enfrentaban a una condena de más de 42 años de prisión por haber violado a una joven de 18 en los aseos de una conocida discoteca del centro de Valencia en septiembre de 2019.
La Sala, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, considera acreditada la agresión sexual, pero duda de la correcta identificación de los autores, cuyo ADN no coincidía con el hallado en la víctima.
“No cabe sostener que la víctima mienta, ni que no realizara el reconocimiento convencida de que habían sido ellos; lo que afirmamos es que las condiciones en que se produjo el reconocimiento (…), la ausencia de apoyo de la atribución de autoría en las pruebas objetivas biológicas y la actitud de los acusados durante todo el procedimiento permiten dudar de la fiabilidad de dicho reconocimiento”, señalan los magistrados.
Entre las circunstancias examinadas para analizar cómo se produjo ese reconocimiento, el Tribunal tiene en cuenta “el tiempo y condiciones” en que la perjudicada pudo ver a los autores, la “afectación psicológica” o el “estrés y ansiedad” que padecía en esos momentos.
También menciona los posibles errores o la interpretación incorrecta que pudieron mediar en relación con la información facilitada por una testigo, una amiga de la agredida que identificó en un primer momento a los dos acusados como las personas que habían molestado a la víctima tras los hechos.
La Sala no descarta que esa testigo pensara que ellos eran precisamente a quienes estaba buscando la Policía o fueran los que pudieran haber agredido sexualmente a su amiga, y que ello provocara que la propia víctima incurriera en un “erróneo reconocimiento inicial” de los acusados que “se hubiera ido arrastrando posteriormente”.
Igualmente -recuerdan los magistrados-, las muestras biológicas obtenidas tras la exploración de la víctima arrojaron un perfil genético que no se corresponde con el de ninguno de los procesados, mientras que el análisis de sus teléfonos móviles, intervenidos durante la detención, tampoco arroja “indicios concluyentes”.
“Por todo ello, no cabe sino concluir que la prueba practicada no ha desvirtuado el principio constitucional que ampara a todo acusado de la presunción de inocencia más allá de toda duda razonable, que, en este caso, llevan a dictar una sentencia absolutoria”, finaliza el Tribunal.
La sentencia, que ha sido notificada este viernes a las partes, no es firme y puede ser recurrida en apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJ valenciano.
La violación se produjo entre las 5 y las 6 horas de la madrugada, en los pasillos de acceso a los aseos y en el interior de los mismos, y en ella participaron cuatro personas, según defendió el fiscal en su acusación durante el juicio.
La víctima, que reconoció a los acusados tanto en la fase de instrucción como en la sala de vistas el día del juicio, explicó que un chico la abordó en el pasillo de los aseos diciéndole que un amigo suyo necesitaba ayuda, y tras cogerle del brazo, la introdujo en el baño de los chicos, donde esperaban los otros tres intervinientes.
A partir de ese momento, empezaron a realizarle tocamientos genitales, llegando incluso a introducirle los dedos en la vagina, para después meterla en una cabina del baño, donde le obligaron a hacer felaciones a tres de ellos.
Después, otros dos jóvenes que no han sido identificados, tras sujetarla del pelo y de la cintura, la penetraron, la tiraron al suelo mediante una zancadilla y se marcharon.
Los acusados, por su parte, afirmaron que llegaron a la discoteca pasadas las 4.30 horas, junto con otros amigos, a los que perdieron de vista, y estuvieron todo el rato ellos dos juntos y con una chica a la que habían conocido nada más llegar, hasta que sobre las 7 de la mañana los detuvo la Policía.
Dijeron también que no supieron de qué se les acusaba hasta que estuvieron en comisaría y que se ofrecieron a colaborar con los agentes y a darles lo que necesitaran, desde muestras de ADN hasta su teléfono y su ropa, ya que, según ellos, no tenían nada que esconder.
Los procesados permanecieron en prisión preventiva desde el 1 de octubre de 2019 hasta el 12 de noviembre de ese mismo año.