El Ayuntamiento de Alcalá la Real abre hoy, 28 de marzo de 2018, el plazo de solicitud de subvenciones a asociaciones hasta el próximo día 22 de marzo, inclusive. El decreto de Alcaldía fue publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén ayer, 27 de marzo, y establece un plazo de 15 días naturales a partir del día siguiente a la publicación, es decir, a partir de hoy.
Al objeto de fomentar la realización de actividades de interés público para dinamizar y garantizar el bienestar social en crecimiento de cada uno de los barrios y aldeas de Alcalá la Real, la cuantía total prevista por el Ayuntamiento alcalaíno para estas subvenciones asciende a 158.000 euros.
El decreto, en su primer punto, resuelve “convocar el procedimiento de concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, del ejercicio 2018 para clubes y asociaciones deportivas, asociaciones culturales, cofradías y otros colectivos alcalaínos sin ánimo de lucro, a las asociaciones de padres y madres de alumnos, a las asociaciones juveniles sin ánimo de lucro y a las personas físicas y asociaciones sin ánimo de lucro, para el fomento de actividades sociales”.
Así, las subvenciones para clubes y asociaciones deportivas cuentan con una cuantía de 59.000,00 euros; las subvenciones culturales tienen una cuantía estimada de 16.500,00 euros; las de participación ciudadana de 8.000,00 euros; las de fiestas en la calle, una cuantía estimada de 33.500,00 euros; las de fiestas en aldeas una cuantía de 18.500 euros; las de cofradías y patrimonio, una cuantía de 9.000,00 euros.
Para las AMPAS, las subvenciones serán de 6.000 euros; para asociaciones juveniles, la cuantía es de 2.500 euros. Y para las asociaciones de bienestar social, hay asignados 5.000 euros.
El presupuesto municipal para 2018 contempla las correspondientes asignaciones presupuestarias para dichas partidas.
Las solicitudes, una por colectivo, deberán presentarse, enel modelo que se facilite en cada área, o en el modelo general de solicitud. La instrucción del procedimiento corresponde a las concejalías-delegadas competentes según el ámbito material de cada modalidad de subvención.
Las asociaciones deberán presentar sus estatutos debidamente actualizados, con el C.I.F oN.I.F. de la persona en representación del colectivo.Las asociaciones que hayan recibido subvención en la convocatoria del año anterior,deberán haber presentado la memoria detallada de las actividades subvencionadas duranteel ejercicio 2017, así como las facturas que justifiquen la inversión de la cantidad recibida enlas actividades subvencionadas, o en su defecto, el reintegro de las cantidades percibidas.
El plazo de resolución del Procedimiento será de tres meses como máximo,publicándose la misma en el tablón de anuncios de la Corporación municipal.