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Lunes 29/04/2024  

Málaga

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Condenados a 13 años de prisión por la doble violación de una joven holandesa en Málaga

Ocurrió en octubre de 2019 cuando los dos jóvenes, de 22 y 20 años, la llevaron a un piso del centro de la capital malagueña

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  • Entorno donde se produjo la violación. -
  • La chica pudo escapar mientras dormían los acusados, y alertó a una amiga residente en Países Bajos
La defensa de dos jóvenes, de 26 y 24 años actualmente, ha recurrido al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) la condena de 13 años de prisión a cada uno impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga, como autores de un delito continuado de agresión sexual, con la agravante de género, que fue cometido a finales del 2019 en el centro de la capital malagueña. 
 
La Audiencia les impuso, además, el pago de 60.000 euros en concepto de daño moral, 200 euros más por las lesiones causadas, y la prohibición de aproximarse a la víctima en un radio no inferior a 500 metros, así como de comunicar con ella por cualquier medio por un tiempo de 20 años. La acusación particular solicitó 100.000 euros de indemnización.
 
En los hechos probados se recoge que el mayor de los jóvenes, entonces con 22 años y natural de Granada, conoció a la chica de nacionalidad holandesa sobre septiembre de 2018, y con la que mantuvo una relación de amistad. La misma apenas duró dos meses, pero con relaciones sexuales consentidas.
 
Sobre las 6 de la madrugada del 4 de octubre de 2019, la joven se volvió a encontrar con el chico y un amigo, de 20 años y nacido en Málaga. La Audiencia considera probado que ambos de común acuerdo y con el propósito de mantener relaciones sexuales con la joven, le propusieron que se fuera con ellos a la vivienda de un amigo donde el primero residía temporalmente al estar vinculado al sector a la hostelería. 
 
La víctima accedió a acompañarlos a los dos voluntariamente desde las inmediaciones del Teatro Cervantes, donde se encontraron con un grupo de amigos, hasta la casa. Fue en la misma, y mientras el mayor de ellos preparaba unas bebidas en la planta inferior de la vivienda, cuando el segundo con ánimo libidinoso tocó una pierna a la mujer e intentó besarla, sin que ella accediera indicando expresamente que "no quería nada".
 
Ante ello, el joven se marchó al dormitorio, quedándose la holandesa con el amigo, que intentó besarla y ella se lo permitió, marchando ambos hacia el dormitorio. Allí, él la sentó en la cama y le insistió en que le hiciera una felación, a lo que ella se negó, momento en el que éste la abofeteó en la cara.
 
Según los hechos probados, ante el temor de que la actitud agresiva aumentase la chica finalmente accedió a hacerle una felación al procesado más joven, mientras que su amigo la penetraba vaginalmente para posteriormente cambiar de posición ambos e intentar uno de ellos penetrarla analmente, pero sin conseguirlo.
 
Durante todas estas relaciones sexuales, con eyaculación en la cara y cabello, ninguno de ellos utilizó el preservativo, lo que para la Audiencia supuso además "un expreso desprecio a su libertad, a su voluntad, así como a su condición de mujer".
 
El fallo recoge que la mujer se quiso ir pero antes, dado que se sentía sucia, decidió darse una ducha, momento en el que los dos procesados intentaron bañarse con ella negándose la víctima. Cuando ésta estaba vistiéndose y recogiendo sus pertenencias para irse, el acusado de 22 años la arrojó sobre la cama y sujetándola por las clavículas volvió a penetrarla vaginalmente pese a que la víctima le insistió en querer irse de la vivienda.
 
Pero ello no fue posible hasta que los dos acusados se durmieron, y una vez fuera de la casa la joven llamó a una prima de Holanda para contarle lo sucedido y ésta a su madre. Fue por la mañana cuando acudió acompañada por el compañero del piso donde residía en Málaga a la comisaría de la Policía Nacional y al hospital, donde se levantó parte de lesiones en clavículas, pómulo y cuello por las que tardó en curar 5 días.
     
Las defensas de los dos acusados pidieron la absolución tras mantener en la vista oral, celebrada en febrero de este año, que las relaciones fueron consentidas y toleradas, y que para las acusaciones respondía a un despecho y una fabulación para generar celos ante el compañero de piso de la chica, con el que mantenía, según las defensas, una relación sentimental. Y para ello habría justificado el hecho por el que subió al piso de los procesados aquella madrugada.  
 
DECLARACIÓN CLARA Y SIN CONTRADICCIONES
 
Para los jueces, sin embargo, la declaración de la joven prestada en el juicio "fue clara, persistente, firme y sin contradicciones esenciales", por lo que dan veracidad al relato de lo que ocurrió aquella noche, ya que no aprecian "tendencias fantasiosas, fabuladoras, ni teatralidad" en la víctima. 
 
A ello se suman el testimonio del compañero de piso de la holandesa, que cuando le despertó esa mañana le dijo que "había tenido sexo no consentido" y que "la habían obligado y forzado", o los mensajes de WhatsAapp aportados a la causa en donde la víctima explicaba a su prima con fotos que "me estoy muriendo del dolor", "estoy llena de cardenales", "no sé qué hacer", "he sido violada más o menos por mi ex y su amigo y aún no puedo salir de casa", o "es una situación de mierda".
 
Tanto los magistrados como la Fiscalía, que ejerció la acusación pública y llegó a pedir 28 años de cárcel para uno de ellos, dieron validez al informe de la psicóloga del Servicio de Violencia Sexual y Género del Ayuntamiento de Málaga, a donde acudió la víctima derivada por el grupo de la UFAM del Cuerpo Nacional de Policía.
 
Aunque la Audiencia Provincial rechaza la aplicación de la agravante de parentesco para el acusado que había mantenido una relación sentimental corta con la víctima, ya que no cumplía el requisito de "estabilidad, afectividad y vocación de permanencia" que exige la jurisprudencia, sí le aplica la agravante de género por cuanto "el varón trata de establecer o mantener una situación de dominación sobre la mujer colocando a ésta en un rol de inferioridad y subordinación en la relación", con grave "quebranto de su derecho a la igualdad, a la libertad y el respeto debido como ser humano en sus relaciones sexuales".
 
La sentencia aplica los requisitos penales fijados en la ley de Libertad Sexual de octubre de 2022 (o ley del "Sí es sí"), al ser la redacción actual más beneficiosa que la que había cuando cometieron, presuntamente, los hechos en 2019. Los acusados se encuentran en libertad provisional con medidas, después de haber sido detenidos por la Policía y cumplir prisión preventiva en su momento. 

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